1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:
2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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