LGSS

Artículo 293. Artículo 293

Texto Legal

1. La acción protectora regulada en este título se financiará mediante la cotización de empresarios y trabajadores y la aportación del Estado.

2. La cuantía de la aportación del Estado será cada año la fijada en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 293 del LGSS?

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