NIA-ES 580

Artículo A12. NIA-ES 580 — Párrafo A12

Texto Legal

En la obtención de evidencia sobre juicios o intenciones, o en la evaluación de éstos, el
auditor puede considerar una o más de las siguientes circunstancias:
• El historial de la entidad a la hora de llevar a cabo las intenciones que ha declarado.
• Los motivos de la entidad para elegir una actuación concreta.
• La capacidad de la entidad para seguir una actuación específica.
• La existencia o la falta de cualquier otra información que pudiera haberse obtenido
en el transcurso de la auditoría que pueda ser incongruente con el juicio o con la
intención de la dirección.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A12 del NIA-ES 580?

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