NIA-ES 705

Artículo A26. NIA-ES 705 — Párrafo A26

Texto Legal

Describir los motivos por los que el auditor no pudo obtener evidencia suficiente y
adecuada en la sección "Fundamento de la denegación de opinión" del informe de
auditoría proporciona información útil a los usuarios para comprender por qué el auditor
ha denegado su opinión (se ha abstenido de opinar) sobre los estados financieros y puede
servir como protección adicional para evitar una confianza infundada sobre los mismos.
Sin embargo, la comunicación de cualquier cuestión clave de la auditoría distinta de la
cuestión o cuestiones que originan la denegación de la opinión (la abstención de opinar)
puede dar a entender que los estados financieros en su conjunto son más creíbles en
relación con dichas cuestiones que lo que corresponde en función de las circunstancias, y
no sería congruente con la denegación de la opinión (abstención de opinar) sobre los
estados financieros en su conjunto. Del mismo modo, no sería adecuado incluir una
sección de otra información de conformidad con la NIA 720 (Revisada) que tratara de la
consideración del auditor de la congruencia de la otra información con los estados
financieros. En consecuencia, el apartado 29 de esta NIA prohíbe que se incluya una
sección "Cuestiones clave de la auditoría" o una sección “Otra información” en el informe
de auditoría cuando el auditor deniega la opinión (se abstiene de opinar) sobre los estados
financieros, salvo si las disposiciones legales o reglamentarias requieren que el auditor
comunique cuestiones clave de la auditoría o informe sobre otra información.
Véase nota aclaratoria al apartado 29 de esta Norma.

NIA-ES 705 (REVISADA) 14
OPINIÓN MODIFICADA EN EL INFORME DE AUDITORÍA EMITIDO POR UN
AUDITOR INDEPENDIENTE

Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad (Ref: Apartado 30)

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A26 del NIA-ES 705?

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