Las disposiciones legales o reglamentarias pueden imponer al auditor obligaciones
adicionales en relación con otra información que quedan fuera del alcance de esta NIA.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2, 8 y 9 de esta Norma, en lo que respecta al
informe de gestión deben tenerse en consideración los alcances específicos y excepciones
previstos en la LAC y su desarrollo, a los que se refiere la primera nota aclaratoria al apartado
de alcance de esta Norma.
Fecha de entrada en vigor
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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