NIA-ES 260

Artículo 22. NIA-ES 260 — Párrafo 22

Texto Legal

El auditor se comunicará con los responsables del gobierno de la entidad oportunamente.
(Ref: Apartados A49-A50)
Adecuación del proceso de comunicación

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del NIA-ES 260?

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