NIA-ES 260

Artículo A7. NIA-ES 260 — Párrafo A7

Texto Legal

Existen comités de auditoría (o subgrupos similares con diferente denominación) en
muchas jurisdicciones. Aunque sus competencias y funciones específicas pueden diferir,
la comunicación con el comité de auditoría, en el caso de que exista, se ha convertido en
un elemento clave en la comunicación del auditor con los responsables del gobierno de la
entidad. Los principios de buen gobierno conllevan que:
• El auditor sea invitado a asistir con regularidad a las reuniones del comité de
auditoría.
• El presidente del comité de auditoría y, cuando sea relevante, los demás miembros
del comité de auditoría se relacionen periódicamente con el auditor.
• Por lo menos una vez al año, el comité de auditoría se reúna con el auditor sin la
presencia de la dirección de la entidad.
Situación en la que todos los responsables del gobierno de la entidad participan en su dirección
(Ref: Apartado 13)

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A7 del NIA-ES 260?

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