NIA-ES 501

Artículo 13. NIA-ES 501 — Párrafo 13

Texto Legal

El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la presentación y
revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información
financiera aplicable mediante: (Ref: Apartado A26)
(a) la obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para la
determinación de la información por segmentos; y (Ref: Apartado A27)
(i) la evaluación de si dichos métodos pueden generar información acorde con lo
requerido por el marco de información financiera aplicable; y
(ii) en su caso, la comprobación de la aplicación de dichos métodos; y
(b) la aplicación de procedimientos analíticos o de otros procedimientos de auditoría
adecuados teniendo en cuenta las circunstancias.
*

Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
Existencias
Presencia en el recuento físico de existencias (Ref: Apartado 4(a))

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del NIA-ES 501?

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