NIA-ES 501

Artículo A21. NIA-ES 501 — Párrafo A21

Texto Legal

La comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la entidad facilita al auditor
la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a si se conocen
los litigios y reclamaciones potencialmente materiales, así como sobre si las estimaciones
de la dirección sobre las implicaciones financieras, incluidos los costes, son razonables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A21 del NIA-ES 501?

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