NIA-ES 720

Artículo A48. NIA-ES 720 — Párrafo A48

Texto Legal

Si el auditor concluye que existe una incorrección material en otra información obtenida
después de la fecha del informe de auditoría y dicha incorrección material ha sido
corregida, los procedimientos de auditoría necesarios en las circunstancias incluyen
determinar que la corrección se ha realizado (de conformidad con el apartado 17(a)) y
pueden incluir revisar las medidas que ha tomado la dirección para comunicarse con las
personas que hubieran recibido la otra información, si ya se había publicado, para
informarlas de la modificación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A48 del NIA-ES 720?

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