Contabilización de planes de pensiones de aportación definida.
Planes de Aportación Definida
NIC 19 (párrafos 50-54): En un plan de aportación definida, la entidad paga aportaciones fijas a un fondo separado y no tiene obligación legal ni implícita de pagar más. El gasto se reconoce por las aportaciones devengadas en el periodo.
PGC — NRV 16ª:
"En los planes de aportación definida la empresa no asume riesgos actuariales o de inversión, simplemente se obliga a realizar unas contribuciones."
Las aportaciones se reconocen como gasto del periodo (cuenta 643 "Retribuciones a largo plazo mediante sistemas de aportación definida").
Si existen aportaciones devengadas no pagadas al cierre, se reconoce un pasivo.
CONVERGENCIA:
Tratamiento idéntico: gasto = aportación del periodo.
Nivel de convergencia: PLENA
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