MC-PGC

Artículo 10. Principio de No Compensación

No podrán compensarse partidas del activo y pasivo ni de ingresos y gastos.

no-compensacionpresentacion

Texto Legal

5. No compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.

CONVERGENCIA CON NIIF:
Convergente. La NIC 1 (párrafo 32) también establece la prohibición general de compensación, con las mismas excepciones cuando una NIIF lo requiera o permita.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del MC-PGC?

No podrán compensarse partidas del activo y pasivo ni de ingresos y gastos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 10 del MC-PGC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 10 MC-PGC desde tu celular