NIA-ES 805

Artículo 7. NIA-ES 805 — Párrafo 7

Texto Legal

La NIA 200 requiere que el auditor cumpla todas las NIA aplicables a la auditoría3. En el
caso de la auditoría de un solo estado financiero, dicho requerimiento es de aplicación
independientemente de si el auditor también ha sido contratado para auditar el conjunto
completo de los estados financieros de la entidad. Si el auditor no ha sido contratado
también para auditar el conjunto completo de los estados financieros de la entidad, el
auditor determinará si la auditoría de un solo estado financiero es factible, de
conformidad con las NIA. (Ref: Apartados A5-A6)
Aceptabilidad del marco de información financiera

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del NIA-ES 805?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 7 del NIA-ES 805?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 7 NIA-ES 805 desde tu celular